Términos y condiciones

Términos y Condiciones

PRODUCTOS

PLAN INTEGRAL - FAMILIAR
  • Se prestan los servicios médico-asistenciales relacionados con las coberturas aprobadas por la Superintendencia Nacional de Salud.
  • Los tiempos de oportunidad para la atención, corresponderán a los establecidos y vigentes por EMERMÉDICA al momento de solicitar el servicio y que se encuentren publicados en su página web: https://www.emermedica.com.co/nuestros-tiempos/ al momento de la solicitud.
  • El traslado de pacientes solo se efectuará por criterio del médico de Emermédica que se encuentre presente en el sitio de la atención. Se realizarán en unidades móviles básicas o medicalizadas habilitadas, de acuerdo con el estado clínico del paciente determinado con la valoración médica, el cual se realiza a la institución más cercana en convenio con el asegurador y complejidad de la patología.
  • El servicio se presta dentro del perímetro de cobertura establecido por Emermédica en cada ciudad.
  • Las inquietudes a través del chat médico son resueltas en tiempo real de domingo a domingo de 7:00 a.m. a 10:00 p.m.
  • La orientación telefónica está disponible de domingo a domingo, de 6:00 a.m. a 11:00 p.m.
  • Aplican otros términos y condiciones que se podrán consultar en el clausulado publicado en www.emermedica.com.co/clausulas-de-prestacion-de-servicios/ y en el manual del usuario https://www.emermedica.com.co/wp-content/uploads/2024/06/Manual-del-Usuario-nuevos-beneficios_2024.pdf
BENEFICIOS ADICIONALES - (ASISTENCIAS AXA ASSISTANCE)

Emermédica cuenta con 6 beneficios para nuestros clientes: orientación nutricional telefónico, orientación emocional telefónico, acompañamiento a citas médicas, enfermera a domicilio, niñera o ayudante de hogar a domicilio y soporte tecnológico.

  • Estos beneficios aplican para usuarios de Plan Integral y Plan Colectivo.
  • Todos los servicios de asistencia son prestados por nuestros aliados AXA Asistencia Colombia S.A. y AXA Asistencia IPS S.A.
  • Carencia para todas las asistencias de 30 días.

Para solicitar las asistencias, el afiliado debe comunicarse a la línea de Servicio al cliente (601) 3077089 desde Bogotá o al 018000117098 a nivel nacional. Ingresando número de cédula, (opción 4) “especialistas y aliados VIVE Emermédica”, (opción 3) “solicitar orientaciones, autorizar la solicitud” (opción 1). Aplica a través de reserva de cita.

Los servicios de orientación son brindados por profesionales de la salud, sin embargo, son meramente informativos y no constituyen ningún diagnóstico ni pueden considerarse como una cita médica y no hacen parte de la historia clínica.

Los beneficios otorgados son discrecionales y podrán ser eliminados, modificados o suspendidos en cualquier momento, sin aviso previo.

Los beneficios de orientación nutricional telefónico, orientación emocional telefónico, acompañamiento a citas médicas, enfermera a domicilio, niñera o ayudante de hogar a domicilio y soporte tecnológico son GRATUITOS y no implicarán ningún costo adicional para el beneficiario.

  • La orientación emocional y nutricional se prestará por los aliados en modalidad telefónica.
    • Este servicio es informativo y no implica una consulta médica, un diagnóstico de alguna enfermedad o patología, para esto el afiliado deberá acudir a su médico tratante, médico especialista o profesional de salud de otras ramas.
    • La orientación general es brindada por profesionales de la salud, sin embargo, su orientación no constituye ningún diagnóstico ni puede considerarse como una cita médica y no hace parte de la historia clínica.
    • El tiempo máximo de llamada será de 30 minutos por evento.
    • Debe ser solicitado con 24 horas de anticipación.
  • El acceso al beneficio de acompañamiento a citas médicas requiere de una incapacidad previa y mínima de (3) días expedida por un médico. Este beneficio aplica dentro de las siguientes ciudades principales descritas en el condicionado (Bogotá, Medellín, Cali, Palmira, Barranquilla, Bucaramanga, Cúcuta, Ibagué, Manizales, Neiva, Santa Marta, Montería, Sincelejo, Popayán, Riohacha, Armenia, Valledupar, Villavicencio, Pasto, Pereira y Tunja).
    • El conductor esperará hasta 2 horas para recoger al Afiliado y llevarlo de nuevo a su domicilio.
    • El Afiliado deberá facilitar los siguientes datos: nombre, teléfono de contacto, dirección del domicilio del Afiliado, dirección de centro médico, fecha de la cita, hora programada, soporte de incapacidad mayor a tres (3) días.
    • La solicitud del servicio de la asistencia debe ser realizada por el afiliado con por lo menos cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la hora de la cita médica en la cual requiere acompañamiento para que AXA proceda con la coordinación del servicio.
  • El beneficio de enfermería a domicilio requiere una incapacidad médica mayor a tres (3) días, emitida por un médico. Se enviará un(a) auxiliar de enfermería a su domicilio, para que pueda ser atendido desde la comodidad de su hogar. Esto, teniendo en cuenta que el Evento no requiera ser tratado en un centro hospitalario.
    • El servicio debe ser solicitado por lo menos con 24 horas de anticipación y en caso de que se desee cancelar el servicio, se debe hacer con 60 minutos de anticipación.
    • El personal de enfermería no está autorizado para ejercer labores domésticas en el domicilio de los Beneficiarios, no realiza mandados ni provee insumos médicos.
    • El (la) auxiliar de enfermería se limitará a la prestación de los siguientes servicios: administración de medicamentos vía oral y tópicos, asistencia con el aseo personal, curaciones prescritas en las órdenes de alta (el paciente debe proveer los insumos), asistencia de movilidad y resolver dudas del plan de tratamiento formulado que estén al alcance de su nivel profesional.
    • El beneficio se presta en Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla. En otras ciudades principales de Colombia podrá accederse a disponibilidad del servicio que tenga el prestador AXA Asistencia Colombia SA).
    • El Beneficiario debe enviar vía email, indicado en la llamada, la incapacidad médica y copia de la historia clínica para proceder con la coordinación.
    • El servicio será prestado en los horarios de 7:00 A.M a 7:00 P.M.
  • Para el beneficio de Niñera o ayudante de hogar se requiere incapacidad médica mayor a tres (3) días derivado de una enfermedad o accidente.
    • El servicio debe ser solicitado por lo menos con 24 horas de anticipación y en caso de que se desee cancelar el servicio, se debe hacer con 60 minutos de anticipación a la hora programada.
    • La/El Empleada/o Doméstica/o prestará servicios de Limpieza en general del hogar, lavado de los platos, organización de armarios y cajones y la preparación de la comida entre otros, propios de la profesión.
    • La niñera prestará servicios de cuidar el niño, preparar los alimentos y darle de comer, cambiar los pañales, limpieza en la habitación, entre otros.
    • Las labores descritas en este servicio se llevarán a cabo en la fecha coordinada (un solo día) por un periodo de tiempo de máximo seis (6) horas hábiles diurnas y no se excederá este tiempo.
  • En el beneficio de soporte tecnológico AXA Asistencia brindará soporte telefónico para identificar el problema inicial de usuario e identificar el tipo de problema si es de Hardware, Software o de algún dispositivo.
    • El tiempo máximo por llamada será de treinta (30) minutos por evento.
    • Las recomendaciones suministradas no se deben entender como de obligatorio cumplimiento y no comprometen la responsabilidad de AXA Asistencia.
PLAN COLECTIVO, ANTES PLAN PREFERENCIAL EMPLEADOS.
  • Se prestan los servicios médico-asistenciales relacionados con las coberturas aprobadas por la Superintendencia Nacional de Salud.
  • Los tiempos de oportunidad para la atención, corresponderán a los establecidos y vigentes por EMERMÉDICA al momento de solicitar el servicio y que se encuentren publicados en su página web: https://www.emermedica.com.co/nuestros-tiempos/ al momento de la solicitud.
  • El traslado de pacientes solo se efectuará por criterio del médico de Emermédica que se encuentre presente en el sitio de la atención. Se realizarán en unidades móviles básicas o medicalizadas habilitadas, de acuerdo con el estado clínico del paciente determinado con la valoración médica, el cual se realiza a la institución más cercana en convenio con el asegurador y complejidad de la patología.
  • El servicio se presta dentro del perímetro de cobertura establecido por Emermédica en cada ciudad.
  • Las inquietudes a través del chat médico son resueltas en tiempo real de domingo a domingo de 7:00 a.m. a 10:00 p.m.
  • La orientación telefónica está disponible de domingo a domingo, de 6:00 a.m. a 11:00 p.m.
  • Aplican otros términos y condiciones que se podrán consultar en el clausulado publicado en www.emermedica.com.co/clausulas-de-prestacion-de-servicios/ y en el manual del usuario https://www.emermedica.com.co/wp-content/uploads/2019/02/manual-usuario- 1-febrero19.pdf
ÁREA PROTEGIDA
  • Tiene unos servicios básicos limitados a TRIAGE I, II Y III con o sin traslado asistido, siempre con atención pre-hospitalaria.
  • Se realizan capacitaciones en temas relacionados con Brigadas de Emergencias y en Salud y Bienestar de acuerdo con el portafolio ofertado, cuya cantidad se determina de acuerdo con el monto de la cuota mensual del contrato de prestación de servicios que se suscriba: (< $ 380.000 = 1 capacitación, entre $ 380.000 y $ 1.000.000 = 2 capacitaciones, > $ 1.000.000 = 3 capacitaciones). La solicitud de cada capacitación deberá hacerse con 20 días hábiles de anticipación a través del correo capacitacion@emermedica.com.co
  • El cliente podrá optar por contratar servicios adicionales a los servicios básicos definidos para el producto. Caso en el cual sólo se incluirán si el cliente los adquiere como Anexo pagando una suma adicional.
  • En ningún caso se enviarán unidades básicas o medicalizadas para cobertura de traslados secundarios entendido este como: el traslado que se realiza desde un centro asistencial hacia otro o hacia el domicilio o para servicios distintos.
  • El traslado de pacientes solo se efectuará por criterio del médico de Emermédica que se encuentre presente en el sitio de la atención. Se realizarán en unidades móviles básicas o medicalizadas habilitadas, de acuerdo con el estado clínico del paciente determinado con la valoración médica.
  • En caso de que el paciente, su familiar o la persona responsable de él, impida de alguna forma el traslado indicado por el médico, se entenderá que fue rechazado, cuyo hecho quedará documentado. En este caso, Emermédica quedará exonerada de cualquier responsabilidad respecto a lo que le pueda posteriormente ocurrir al paciente.
  • En ningún caso Emermédica estará obligada a efectuar el traslado del paciente del Centro Hospitalario hasta el lugar de su domicilio, ni ningún otro traslado distinto al primario.

ÁREA PROTEGIDA CON ANEXO DE CONSULTA MÉDICA EXTRAMURAL DOMICILIARIA

  • Tener en cuenta los Términos y Condiciones del producto Área Protegida. https://www.emermedica.com.co/nuestros-productos/area-protegida
  • El servicio se prestará únicamente en sedes que se encuentren dentro del perímetro de cobertura (límites y fronteras dentro de cada ciudad) establecido por Emermédica.
  • No aplica para sedes cuyos perímetros han sido aprobados por excepción.
  • El anexo solo se podrá adquirir si el cliente cuenta con el servicio de Área Protegida de Emermédica.
  • El servicio tendrá una utilización limitada en un número total de 12, 36 o 60 atenciones durante 1 año, no acumulables en caso de que el contrato sea renovado.
  • En caso tal que las atenciones sean consumidas antes que termine el año, el cliente debe esperar a la renovación para comprar otro paquete.
  • Si el cliente compra el paquete bajo la opción de “abierto”, una vez supere la cantidad, cualquier servicio que sea solicitado será cobrado en la próxima factura al contratante por tarifa unitaria.
ÁREA PROTEGIDA PARA SECTORES DE CONSTRUCCIÓN, ALOJAMIENTO Y EDUCACIÓN
  • Tener en cuenta los Términos y Condiciones del producto Área Protegida https://www.emermedica.com.co/nuestros-productos/area-protegida/ y los definidos en la minuta proforma del contrato de producto.
  • Tiene un curso certificado o taller adicional a las capacitaciones generales.
  • Solo podrán escoger un curso certificado o taller por cada año de vigencia del contrato.
ÁREA PROTEGIDA PARA COPROPIEDADES
  • El acceso a los servicios de salud aplica exclusivamente para propiedades horizontales (en adelante "PH") de uso residencial. No aplica para PH de uso mixto, comercial, parques industriales o cualquiera otra categoría distinta a la "residencial".
  • Emermédica prestará los servicios asistenciales en las ciudades que a discrecionalidad establezca. Por tanto, la Propiedad Horizontal que tenga interés en adquirir el paquete de servicios asistenciales, no podrá alegar en su favor la existencia de clientes previos dentro de la misma ciudad para obligar a Emermédica. Consulte previamente con un asesor comercial.
  • Por ser los servicios asistenciales que presta Emermédica en la modalidad extramural domiciliarios, Emermédica unilateralmente fijará el perímetro dentro del cual la Propiedad Horizontal deberá estar ubicada como condición para contratar el servicio. El perímetro podrá modificarse en cualquier momento, pero, no obstante, se mantendrán las condiciones contratadas mientras el paquete de servicios médicos se encuentre vigente. Consulte previamente con un asesor comercial o diríjase directamente al mapa de georeferenciación ubicado en la página web.
  • Con el contrato se accederá a un paquete de servicios asistenciales que cubre eventos que puedan ser clasificados como emergencias y urgencias médicas relativos a eventos con Triage de prioridad I, II y III, y que puedan o no requerir traslados asistidos en unidades de ambulancia básica o medicalizada en complejidad baja y media. Estos criterios de clasificación y priorización son de competencia exclusiva de nuestra Central de Atenciones Médicas ("CAM").
  • El contrato se regirá por una modalidad de "pago global prospectivo anticipado" en favor de un grupo de personas determinadas (propietarios, residentes, trabajadores, contratistas, o proveedores de la copropiedad, visitantes) y, durante un periodo de tiempo determinable (1 año o cuando se agote la cantidad de servicios contratados durante ese mismo término máximo fijado, lo que ocurra primero).
  • El contrato da derecho a la PH para adquirir un paquete de servicios asistenciales de los indicados al numeral 4, en un número limitado y máximo de atenciones por PH, independientemente de la población objeto.
  • El derecho a la prestación de los servicios asistenciales se activará para eventos que exclusivamente hayan ocurrido en las zonas comunes de la PH. No se entenderán como zonas comunes, las siguientes: las de uso exclusivo como terrazas internas, parqueaderos privados y depósitos de unidades privadas. Tampoco se prestará el servicio asistencial para eventos ocurridos dentro de las unidades privadas (apartamentos o casas de propietarios y residentes).
  • En el evento de que la PH no haga uso del número limitado y máximo de atenciones, dentro del período de vigencia (1 año), las atenciones no utilizadas caducarán y no serán acumulables con otros paquetes de servicios que llegue a contratar posteriormente la misma PH, tampoco podrán cederse en favor de otra PH, ni revenderse.
SERVICIO DE AMBULANCIA PARA EVENTOS

EMERMÉDICA SA es una institución de salud debidamente habilitada ante los Entes Territoriales de Salud en las ciudades donde tiene presencia, y funge como IPS (Institución Prestadora de Servicios de Salud). Como IPS, tiene habilitado el servicio de traslado de pacientes en unidades básicas y medicalizadas, en cumplimiento al Decreto Única Reglamentario del Sector Salud 780 de 2016, la Resolución 3100 de 2019, y demás normas que las complementen, modifiquen, adicionen, sustituyen o deroguen.

Para efectos de los presente términos y condiciones, EMERMÉDICA SA es un prestador de servicios de salud, por lo cual, podrá ser denominado como EMERMÉDICA SA o simplemente como prestador.

1. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO ASISTENCIAL

Disponiblidad de ambulancia básica en sitio con atención prehospitalaria para la atención médica en circunstancias asistenciales clasificadas como emergencia o urgencia médica, durante el desarrollo de eventos corporativos, institucionales o recreativos con una ocupación de hasta 999 asistentes y tiempo de duración no menor a (2) horas, organizados por sociedades comerciales privadas, entidades públicas o cualquiera otra forma de entidad u organización que constituya una persona jurídica, cuyo domicilio de prestación se encuentre dentro de los perímetros de cobertura del prestador en las ciudades de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Bucaramanga, Neiva y Villavicencio.


2. MODALIDAD DE AMBULANCIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

  • Unidad básica con Auxiliar de Enfermería + Conductor, consistente en una atención de primeros auxilios y soporte vital básico.
  • Unidad básica con Médico General + Conductor: valoración médica, estabilización de las condiciones clínicas del paciente, y soporte vital avanzado.

*Soporte vital avanzado, por sus siglas (SVA), es el conjunto de maniobras, procedimientos y tecnologías utilizadas por personal entrenado (médicos, enfermeros y paramédicos especializados) para mantener con vida a un paciente en situación crítica. Incluye intervenciones como: manejo avanzado de la vía aérea (intubación, ventilación mecánica), administración de medicamentos de emergencia, monitoreo cardíaco, desfibrilación y técnicas de reanimación avanzada, para preservar sus funciones vitales y estabilizarlo.

*El servicio podrá ser con traslado del paciente hacia una institución de salud intrahospitalaria, cuando el paciente requiera una atención de mayor nivel de complejidad, lo que dependerá del criterio del equipo asistencial en sitio, previo proceso de referencia y contrarefencia con la entidad de aseguramiento público o privado del paciente según su voluntad o persona acompañante (EPS, Régimen de Excepción, ARL, Medicina Prepagada, Plan Complementario).

3. ACCESO AL SERVICIO DE SALUD

  • El servicio aplica únicamente para asistentes formalmente vinculados al evento (empleados, invitados, contratistas o personal logístico, entre otros, que hayan sido contratados por el organizador del evento y que se encuentren en el sitio, quienes deberán encontrarse plenamente identificados por el contratante en una base de datos y/o referidos por el contacto delegado por el contratante. El prestador no se hará responsable de la fidelidad o no de la información.
  • El servicio se presta exclusivamente durante el horario contratado según se encuentre establecido en el contrato y sus anexos celebrados entre contratante y prestador.
  • En caso de que se requiera traslado a una institución de salud, la prioridad será siempre la atención y seguridad del paciente, por lo cual, el personal asistencial del prestador emitirá el criterio de traslado.
  • El paciente o, en su defecto si el paciente no está en capacidad de decidir, su acompañante, el contratante, o responsable, en todos los casos, deberá dar su consentimiento para el traslado y para la realización de las maniobras previas asistenciales de estabilización debiendo firmar el consentimiento informado. En caso de que se niegue o rechace la intervención, por alguno de los anteriores según corresponda, se deberá firmar el desistimiento sobre la atención, liberando al prestador de cualquier responsabilidad médica que ocurra. Todos los actos anteriores constarán en la historia clínica.
  • Al retiro de la unidad de ambulancia por traslado de un paciente, el prestador no queda obligado a disponer de una nueva unidad, así el evento no haya finalizado.

4. LÍMITES DEL SERVICIO DE SALUD

  • Traslados secundarios (entre instituciones de salud, o entre una institución y del domicilio del paciente).
  • Ambulancias medicalizadas por sus siglas “TAM”.
  • Disponibilidad de más de una unidad simultánea o no en el evento.
  • Atención a personas ajenas al evento, aunque se encuentren en el perímetro, caso en el cual. Deberán acudir al 123.

5. REAGENDAMIENTOS, PAGOS Y CANCELACIONES POR EL CONTRATANTE

Todo cambio de fecha, hora o condiciones del evento, que difiera de lo contenido en el contrato y anexos celebrados entre el prestador y el contratante, requiere de la aprobación previa de las partes, y las obligará, siempre que se haya celebrado el respectivo otrosí suscrito por los representantes legales de las partes.

Del contratante

El contratante podrá ser una persona jurídica que tenga previamente celebrado y vigente un Contrato de Área Protegida o un Contrato de PPE (plan integral de ambulancia prepagado colectivo) de EMERMÉDICA SA, o, podrá ser una persona jurídica que no tenga vigente ningún de los contratos de la naturaleza aquí indicada, quien será considerado como “cliente nuevo” independientemente de que en el pasado haya tomado el servicio de ambulancia para eventos o contrato de área protegida.

Condiciones especiales para el cliente nuevo:

  • El pago total del valor del contrato debe ser anticipado, como requisito para que el prestador confirme la reserva de la ambulancia, en la fecha y horario escogido.
  • Todo reagendamiento y cancelación del evento debe solicitarse dentro de los 30 días siguientes al pago y con mínimo 3 días hábiles de antelación al evento.
  • EMERMÉDICA SA no se hace responsable por cancelaciones derivadas de causas externas o extrañas a EMERMÉDICA SA, tales como, sin sujetarse a estas, las cuales se anotan, como no taxativas, sino meramente enunciativas: logísticas, ambientales o de orden público, entre otras.

Condiciones especiales para el cliente no nuevo:

  • El pago podrá realizarse en una sola cuota, y en la fecha de corte de facturación de su Contrato de Área Protegida o de su Contrato de PPE (plan integral de ambulancia prepagado colectivo) que ya tenga previamente vigente con EMERMÉDICA SA.
  • Todo reagendamiento y cancelación deben solicitarse con mínimo 3 días hábiles de anticipación al evento.
  • EMERMÉDICA SA no se hace responsable por cancelaciones derivadas de causas externas o extrañas a EMERMÉDICA SA, tales como, sin sujetarse a estas, las cuales se anotan, como no taxativas, sino meramente enunciativas: logísticas, ambientales o de orden público, entre otras.

6. CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES

EMERMÉDICA SA protege la información y datos personales de acuerdo con la Ley 1581 de 2012 y la normatividad vigente en Colombia. Los términos y condiciones sobre políticas del tratamiento de datos, se encuentran en la página Web: https://www.emermedica.com.co/ , en el siguiente link: https://www.emermedica.com.co/servicio-al-cliente/aviso-de-privacidad/ el cual debe consultar y auto informarse.

7. TRÁMITE DE QUEJAS, PETICIONES, RECLAMOS, SUGERENCIAS Y DENUNCIAS

Emermédica S.A., dispondrá el siguiente canal de radicación de peticiones, reclamos, sugerencias y denuncias que podrá encontrar en la página web https://www.emermedica.com.co/contactanos/. Para los tiempos de respuesta nos basamos en lo establecido en la circular externa de la Superintendencia Nacional de Salud 2023151000000010 de 2023 y los decretos que se expidan o modifiquen sobre este aspecto.

8. JURISDICCIÓN APLICABLE:

Los conflictos que surjan durante la ejecución del contrato se solucionarán en primera instancia mediante el diálogo directo entre EMERMÉDICA SA y el contratante, si no pudieran solucionarse se acudirá a la jurisdicción competente, para que sea el juez natural el que finalmente decida sobre el asunto.

9. DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS –

El servicio de que tratan los presentes términos y condiciones, hacen parte del Contrato de Prestación de Servicios y de sus anexos, que el contratante debe suscribir.

Por tanto, la interpretación de estos, deberá hacerse de forma integral con el contrato y sus anexos.

En contratante, no podrá alegar desconocimiento o falta de información, sobre asuntos que se encuentren plenamente descritos en los términos y condiciones, en el contrato y en los anexos al contrato.

Igualmente, el contratante tiene el deber de auto informarse, y solicitar cualquier aclaración sobre el servicio, a través de los distintos canales que tiene Emermédica SA.

Canales de información disponibles aquí: https://www.emermedica.com.co/contactanos/lineas-de-atencion-medica/

BENEFICIOS ADICIONALES A LOS PRODUCTOS:

  • Atendemos población desde los 6 años de edad.
  • La toma de la muestra se realizará siempre y cuando las condiciones clínicas del usuario lo permitan.
  • Este servicio se brinda en las ciudades de Bogotá, Bucaramanga, Cali, Medellín y Villavicencio. En los perímetros establecidos por Emermédica, disponibles en https://www.emermedica.com.co/laboratorio-a-domicilio
  • Se prestará el servicio de acuerdo con disponibilidad de agenda. Se le informarán las fechas abiertas, por lo cual, al servicio accederá el usuario que voluntariamente decida tomarlo en las condiciones que se le ofrezcan al momento de solicitarlo.
  • El usuario debe entender que se trata de un servicio asistencial de carácter particular y privado, por el cual deberá pagar tanto el valor de domicilio como el valor unitario de los exámenes de laboratorio.
  • La muestra biológica será tomada por Emermédica, pero su procesamiento estará a cargo exclusivo de uno de los laboratorios de referenciación con los cuales Emermédica tiene alianza, conforme lo dispone la Resolución 3100 de 2019 del Ministerio de Salud. Por lo cual, los tiempos de respuesta dependerán del laboratorio clínico.
  • El tiempo de respuesta para la entrega de los resultados depende del tipo de examen. En el agendamiento se le informará al usuario el tiempo estimado de respuesta.
  • En caso de que el Laboratorio lo indique, Emermédica deberá tomar una segunda muestra confirmatoria, la cual no tendrá costo para el paciente. Emermédica se lo informará a los números de contacto y/o correo electrónico autorizado por el usuario para el intercambio de información.
  • Si el usuario lo solicita, se realizará la lectura e interpretación de los resultados de los exámenes por el servicio de orientación médica telefónica a través de médico general de Emermédica, servicio que es voluntario. Esta lectura no desplaza el conocimiento que debe tener el médico tratante del usuario bien sea de su EPS, Régimen de Excepción, Medicina Prepagada, Plan Complementario, Seguro de Salud o médico particular; tampoco reemplaza el concepto y tratamiento del médico tratante emisor de la orden médica y se emite sólo a manera informativa.
CONTROL MÉDICO PEDIÁTRICO
  • Beneficio exclusivo para niños afiliados al Plan Integral y Plan Preferencial Empleados de Emermédica que tengan entre 0 y 12 años de edad.
  • El servicio se presta en Bogotá. https://www.emermedica.com.co/beneficios/vive-emermedica/control-medico- pediatrico/
  • Las asesorías médicas pediátricas son limitadas por cada niño afiliado y por cada vigencia anual del contrato. (3 controles en Bogotá). No acumulables.
  • Las citas se pueden programar a domicilio.
  • El agendamiento no es en línea. Se realiza a través de un agente de Servicio al Cliente de Emermédica. El agendamiento de la cita se realiza máximo en 2 días hábiles.
  • Líneas para solicitud de citas en Bogotá: 3077089 - Línea nacional gratuita:018000117087
  • Horarios líneas telefónicas: lunes a viernes 7 am – 7 pm y sábados: 7 am – 2 pm
  • En caso de no asistir a la cita sin reportar la cancelación, será descontada del número de citas a las cuales tiene derecho cada niño afiliado.
ASISTENCIA AL VIAJERO
  • Beneficio exclusivo para personas afiliadas al Plan Integral y Plan Preferencial Empleados Emermédica.
  • A través de convenios de reciprocidad, los afiliados reciben atención médica domiciliaria durante sus viajes sin costo adicional en Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, Valledupar, Montería, Pereira y Dosquebradas. Cubrimiento en 13 países de Latinoamérica a través de la red Siem (Argentina, Brasil, Costa Rica, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela).
  • Para acceder a este beneficio, el afiliado debe descargar la carta de viajero, con 15 días de anterioridad, a través de https://tuemermedica.com.co/
  • SERVICIOS ODONTOLÓGICOS
    • Urgencias odontológicas gratuitas e ilimitadas a afiliados activos del Plan Integral y Plan Preferencial Empleados de Emermédica y a los afiliados de Medicina Prepagada de AXA COLPATRIA.
    • Urgencia odontológica es, cualquier situación inesperada que requiera atención inmediata que suscite procedimientos para tratar el dolor originado por las siguientes causas: infecciones, abscesos, caries, pulpitis, inflamación o hemorragia y trauma (golpe). Cuando la emergencia sea producto de un traumatismo o accidente, se solucionará la situación de emergencia, sin extenderse a cubrir los tratamientos posteriores necesarios a causa del accidente o traumatismo.
    • Valoraciones ilimitadas y gratuitas, y profilaxis básica anual (por odontólogo general) sin costo para afiliados activos al Plan Integral y Plan Preferencial Empleados de Emermédica.
    • Los tratamientos que se generen durante la valoración se manejarán con tarifas preferenciales para los afiliados. Estas tarifas están sujetas al diagnóstico especializado.
    • Las Campañas y Promociones están sujetas a condiciones orales previas al diagnóstico.
    • Los servicios de odontología se prestarán en la Clínica VIP Calle 97 # 23 - 10 Consultorio 101. Celular: 310 314 9292 / (601) 355 9675 Opción 1 Horario de atención: lunes a viernes de 6:00 a.m. a 6:00 p.m. en jornada continua. Sábados de 6:00 a.m. a 12:00 del mediodía. Los domingos y festivos NO se presta el servicio en la sede. https://www.emermedica.com.co/nuestros-productos/servicios-odontologicos/
    • (Sede Norte: Clínica VIP Calle 97 # 23 - 10 Consultorio 101. Tel: (601) 7559251. Sede Sur: Sede Sur: Av. Boyacá # 9-97 Tel: (601) 7032431. Horario de atención: lunes a viernes de 6:00 p.m. a 6:00 a.m. en jornada continua. Sábados, Domingos y Festivos: El sábado desde las 12 del mediodía hasta las 6:00 a.m. del siguiente día hábil).
    ALIANZAS CON ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO
    • Beneficio exclusivo para personas afiliadas al Plan Integral y Plan Preferencial Empleados Emermédica.
    • El afiliado debe presentar su documento de identidad y credencial de afiliación, como requerimiento indispensable para acceder a los beneficios ofrecidos por las entidades aliadas.
    • Los descuentos que ofrecen los aliados varían de acuerdo con el establecimiento y pueden otorgarse en todos o solo en algunos de sus productos y/o servicios.
    ENTREGA DE PRODUCTOS DE FARMACIA A DOMICILIO
    • Este descuento estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, siempre que el convenio entre Emermédica y Droguerías Cruz Verde se mantenga activo.
    • Por ser afiliado a Emermédica tendrás: 5% de descuento todos los días del año y 10% de descuento el segundo viernes de cada mes.
    • El descuento aplica para medicamentos, dispositivos médicos y productos complementarios para el cuidado de la salud.
    • El descuento no aplica a medicamentos listados en las Circulares de la CNPMDM.
    • No acumulable con otras promociones. No aplica para compras Online. No redimible en dinero total, ni parcialmente o cualquier otro medio. Descuentos aplican sobre el precio máximo de venta al público. Aplica solo a venta al detal.
    • No aplica a medicamentos de prescripción médica ni fórmula para lactantes y complementarios de leche materna según el parágrafo 1 del art. 79 del Dec. 677 de 1995 y Dec. 1397 de 1992. Consulta productos, términos y condiciones en www.cruzverde.com
    • Te atendemos en las ciudades de Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga, Cartagena, Barranquilla, Villavicencio, Neiva Chía (la adquisición de los productos a través de este canal de venta aplica solo para las zonas de cobertura dentro del territorio colombiano, zonas y horarios que están para consulta del usuario en www.cruzverde.com
    • Los domicilios pueden tener costo adicional. Consulta zonas, horarios y tarifas en: https://www.cruzverde.com.co/servicios/domicilios/
  • Para acceder al descuento como afiliado a Emermédica, debes:
    • Presentar tu documento de identificación al momento de la compra (si aplica).
    • Mencionar que eres afiliado a Emermédica. En el momento de pago, solicita que tu compra se registre a través del convenio Emermédica.
    • El límite de venta será de máx. 4 unidades mínimas de venta por referencia, por compra, por día, salvo para los productos que por disposición legal se contemple una limitación de venta menor, en cuyo caso, se ajustará a la definida por el ordenamiento jurídico.
    DESCUENTOS PREFERENCIALES EN CONSULTA CON ESPECIALISTAS ALIADOS
  • Beneficio exclusivo para personas afiliadas al Plan Integral y Plan Preferencial Empleados Emermédica.
  • Para solicitar la cita, el afiliado se debe comunicar directamente con el consultorio del especialista seleccionado de acuerdo a la información registrada en la sección Vive Emermédica de nuestro portal web o línea de servicio al cliente. https://www.emermedica.com.co/beneficios/vive-emermedica/
  • El afiliado debe presentar su documento de identidad, como requerimiento indispensable para ser atendido.
  • Si por alguna razón el afiliado no puede asistir a la cita, deberá cancelarla con 24 horas de anticipación.
  • En caso de no asistir a la cita sin reportar la cancelación, este beneficio podría ser suspendido durante un mes a partir de la fecha de no asistencia.
  • Todos los exámenes de laboratorio, diagnóstico, procedimientos especiales, tratamientos y fórmulas médicas sugeridas por el médico, deberán ser costeados por el afiliado.
  • El valor de la consulta médica con especialista deberá ser cancelado al profesional de la salud en efectivo en el consultorio médico.
  • El valor de la consulta puede variar por ciudad y especialidad.
  • El médico especialista no es un servicio prestado por Emermédica ni contratado por esta. No hace parte de las coberturas del Plan Integral ni del Plan Preferencial Empleados.
  • No existe responsabilidad compartida derivada del acto médico entre Emermédica S.A., y el médico especialista. Su relación es por alianza comercial estratégica, como beneficio de fidelización de clientes.
  • TELECONSULTA

    EMERMÉDICA SA HABILITADA EL DÍA 16 DE MARZO DE 2020 ANTE LOS ENTES TERRITORIALES DE SALUD COMO INSTITUCIÓN PRESTADORA DE SERVICIOS DE SALUD


    SERVICIO.- Prestación de Servicios de Salud que se garantiza con recursos humanos y físicos, y con infraestructura tecnológica de comunicación sincrónica, para proveer una forma de accesibilidad a los servicios de salud ofertados, cuyos contenidos se acreditan con firmas digitales y electrónicas provenientes del PRESTADOR DE REFERENCIA y de la PARTE INTERESADA del servicio, en la modalidad de TELEMEDICINA (TELESALUD).

    DEFINICIONES.-

    TELESALUD: Conjunto de actividades relacionadas con la salud, servicios y métodos que se llevan a cabo a distancia con ayuda de tecnologías de la información y telecomunicaciones. Incluye entre otras la Telemedicina. (Ley 1419 de 2010 y Resolución 2654 de 2019)

    TELEMEDICINA: Provisión de servicios de salud a distancia por profesionales de la salud, a través de tecnologías de la información y la comunicación, que permite intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso y la oportunidad, y permitir la resolutividad en la prestación de los servicios de salud. (Ley 1419 de 2010 y Resolución 2654 de 2019)

    TELEMEDICINA INTERACTIVA: Es la relación a distancia utilizando tecnologías de la información y comunicación, mediante una herramienta de video llamada en tiempo real, entre el profesional de la salud (médico general, nutrición o sicología) y la PARTE INTERESADA, para la prestación de servicios de salud. (Resolución 2654 de 2019)

    TELECONSULTA.- Enmarcada en el principio de la confidencialidad en la información, con protección de los datos de la PARTE INTERESADA, y cobijada bajo la reserva legal sobre los contenidos de la Historia Clínica y de todos sus componentes documentales emitidos con ocasión de la TELECONSULTA (grabación de la clasificación del TRIAGE, grabación de la video llamada, formulación médica, órdenes y recomendaciones médicas, incapacidad médica).

    PRESTADOR DE REFERENCIA: Prestador de los Servicios de Salud que cuenta con el talento humano en salud capacitado y con las tecnologías de la información y la comunicación suficientes y necesarias para brindar a distancia el apoyo en el proceso de atención en línea requerido por la PARTE INTERESADA, en condiciones de oportunidad y seguridad. (Resolución 2654 de 2019)

    PARTE INTERESADA: corresponderá exclusivamente al beneficiario directo del servicio, en este caso, a quien tenga la calidad de PACIENTE (persona que por sus condiciones clínicas o patológicas requiere ser atendido por un profesional de la salud).

    TRIAGE IV: La PARTE INTERESADA presenta condiciones médicas que no comprometen su estado general, ni representan un riesgo evidente para la vida o pérdida de miembro u órgano. No obstante, existen riesgos de complicación o secuelas de la enfermedad o lesión si no recibe la atención correspondiente.

    TRIAGE V: La PARTE INTERESADA presenta una condición clínica relacionada con problemas agudos o crónicos sin evidencia de deterioro que comprometa el estado general del PARTE INTERESADA y no representa un riesgo evidente para la vida o la funcionalidad de miembro u órgano.

    PROCESO DE TELECONSULTA.-

    * Proceso de atención en línea, a través de tecnologías de Video y Telefónica, que una vez sea aceptado por la PARTE INTERESADA, le permitirá acceder a un profesional de la salud en Medicina General.

    * Cobertura exclusivamente dentro del Territorial Nacional, para afiliados, usuarios y clientes de Emermédica.

    * Servicio activo los 7 días a la semana, 24 horas al día, los 365 días al año, y sin límite de usos.

    * La PARTE INTERESADA solicitará a EL PRESTADOR DE REFERENCIA el servicio a través de su Central de Comunicaciones en las siguientes líneas telefónicas: Bogotá (1) 5 878 027 / 3 077 087, a la línea nacional 01 8000 117 087 o a través del APP descargando la aplicación por Play Store o APP Store.

    * Aceptado el servicio a través de estos mecanismos, y efectuada la conectividad en línea, se generará automáticamente la relación médico - paciente.

    * CONSENTIMIENTO: Para prestar el servicio de TELESALUD se requerirá del consentimiento de la PARTE INTERESADA el cual se entenderá otorgado por la PARTE INTERESADA cuando acepte la conectividad en línea con EL PRESTADOR DE REFERENCIA (Médico General) momento a partir del cual se generará automáticamente la relación médico - paciente.

    * La comunicación estará protegida por el deber de confidencialidad, protección de datos y reserva legal, de la misma manera que cuando se accede a una visita domiciliaria presencial.

    * Al paciente se le hará un interrogatorio sobre sus generales de ley (nombres y apellidos, ID, Dirección y ciudad de domicilio, correo electrónico, número celular y fijo) para verificar su relación contractual con Emermédica y obtener medios de contacto relacionados con la atención.

    * Al paciente igualmente se le hará un interrogatorio sobre sus antecedentes médicos y síntomas que lo aquejan al momento de solicitar el servicio, para:


    (i) Determinar que la situación actual del paciente se puede equiparar y corresponder a una situación médica de baja complejidad, entendida como una condición clínica aguda o crónica que no represente un riesgo para la vida del usuario o tenga capacidad de generar secuelas, y que pueda ser atendida por TELECONSULTA.

    (ii) Establecer que el paciente no requiere una valoración médica presencial inmediata. En tal caso, el médico en línea derivará al paciente hacia una atención médica domiciliaria que le prestará directamente Emermédica en forma presencial.

    (iii) Clasificar la situación del paciente como un evento médico tipo: TRIAGE IV o
    TRIAGE V.

    * PARTE INTERESADA: Tiene la responsabilidad de brindar información completa, precisa y cierta sobre su estado de salud, antecedentes médicos y datos de contacto. Hará uso responsable del servicio y lo requerirá única y exclusivamente cuando sus condiciones de salud se encuentren enmarcadas dentro del alcance del servicio de TELESALUD. Atenderá las recomendaciones y propenderá por su autocuidado. Suscribirá la Historia Clínica vía electrónica. Brindará un trato digno y respetuoso al personal de la salud. No permitirá ni coadyuvará en situaciones que determinen conductas de suplantación. Autorizará la grabación del video o de la llamada durante la TELECONSULTA como parte del soporte de la Historia Clínica. Autorizará el manejo de sus datos personales.

    * No se prestará por esta modalidad de servicio en TELECONSULTA ninguna situación clínica que pueda revestir grado de complejidad media y alta, ni estados de urgencia o emergencia médica (TRIAGE I, II o III). En tal caso, el médico en línea derivará al paciente hacia una atención médica domiciliaria que le prestará directamente Emermédica de forma presencial.

    * El profesional de la salud (médico general) realizará las siguientes conductas para la resolución de la Consulta Médica en Modalidad de TELECONSULTA:

    - Proveerá información clara al paciente sobre su situación clínica y la forma en que podría obtenerse un manejo y resolución sobre los síntomas.

    - Realizará una Impresión Diagnóstica.

    - Determinará la conducta clínica a seguir, centrada en un manejo ambulatorio con prescripción de medicamentos que propenda por la mejora de los síntomas y el restablecimiento del cuadro clínico.

    - Generará, cuando sea necesario a criterio del médico, la recomendación de una interconsulta por un médico especialista, la emisión de una incapacidad médica temporal, la emisión de una orden ambulatoria para paraclínicos,
    recomendar acudir para el seguimiento y control a cualquiera de los medios de aseguramiento en salud (EPS, MPP, Plan Complementario) que tenga el paciente.

    - En caso que la conducta a seguir determine la necesidad de dar continuidad a la atención para la realización de pruebas diagnósticas (laboratorios, imagenología) para confirmación diagnóstica, será enviada una unidad de Emermédica para consulta médica domiciliaria presencial, revaloración y definición médica definitiva sobre el manejo y destino del paciente; esto en el evento de que la ubicación física del paciente se encuentra dentro del perímetro de cobertura dentro del cual Emermédica presta sus servicios acorde con la oferta de servicios y comercial de su plan. En caso contrario, el médico general de la TELECONSULTA, recomendará al paciente dirigirse a un servicio de urgencias de una cualquiera de las administradoras de servicios de salud que tenga a cargo su aseguramiento (EPS, Plan Complementario,o MPP)"

    - Indicará signos de alarma, que de presentarse, determinen que el paciente debe solicitar consulta médica domiciliaria presencial a Emermédica o acudir directamente a un servicio de urgencias de la Red de Prestadores de Servicios de Salud de su EPS, MPP o Plan Complementario, según corresponda, y a elección del paciente. El paciente, como parte del proceso, deberá atender las recomendaciones y propender por su autocuidado.

    * Emermédica enviará al correo electrónico suministrado por el paciente, de forma inmediata y por medio del sistema de registro clínico digital, la formulación de medicamentos, las órdenes médicas, las recomendaciones y la anotación escrita de los signos de alarma.

    * El médico y el paciente deben tener un trato digno y respetuoso durante todo el transcurso de la TELECONSULTA.

    * PROFESIONAL DE LA SALUD: Será el Médico General quien realizará la TELECONSULTA. Actuará con total autonomía técnico científica, y en cumplimiento a los principios éticos que su profesión le exigen. (Artículo 17 de la Ley 1751 de 2015 y Artículo 5º de la Resolución 2654 de 2019). Podrá abstenerse o cancelar la atención de TELECONSULTA, informando los fundamentos técnico- científicos y de otra orden que así lo determine.

    * En la TELECONSULTA igualmente se deberán cumplir los derechos y deberes del paciente establecidos en el Decreto 780 de 2016 Único Reglamentario del Sector Salud, y los indicados en el Manual del Usuario de Emermédica publicado en la página web https://www.emermedica.com.co que deberá consultar y conocer el paciente y tenerlos siempre presentes durante la existencia de la relación contractual con Emermédica.

    * CHAT INTERACTIVO COMPLEMENTARIO: Para resolución de inquietudes, información y orientación médica a través del APP de LA PRESTADORA.

    QUEJAS Y RECLAMOS.-

    PQRs: Si la PARTE INTERESADA quiere presentar alguna PQR (queja, reclamo, felicitación, solicitar información o documentación) derivado del servicio de TELECONSULTA, puede hacerlo a través de los siguientes canales: llamando a la línea de Servicio al Cliente (601) 3077089 en Bogotá o 018000 117098 a nivel nacional ambos de LA PRESTADORA, o al correo electrónico servicioalcliente@emermedica.com.co

    TRATAMIENTO DE DATOS.-

    LA PRESTADORA tiene una política de tratamiento de datos que se encuentra publicada en la página web: www.emermedica.com.co

    La PARTE INTERESADA acepta el manejo de sus datos y entiende que para solicitar el servicio de TELECONSULTA a través de la Central de Comunicaciones y del APP será necesario el tratamiento de sus datos personales, incluyendo los datos relacionados con su salud (datos sensibles), por tanto, de manera expresa, informada y previa AUTORIZA a Emermedica S.A identificada con NIT No. 800.126.785-7 en su calidad de PRESTADOR el tratamiento de sus datos personales, de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, y cualquier otra ley o norma que las modifique o sustituya.

    Las finalidades del tratamiento de los datos personales de la PARTE INTERESADA serán entre otras: 1) Proveer los servicios requeridos; 2) Procesar su solicitud, 3) compartir promociones 4) Enviar información vía correo físico, electrónico, celular o dispositivo móvil, vía mensajes de texto (SMS y/o MMS), medios digitales tales como Facebook, o "WhatsApp" u otras plataformas similares, al número de celular o medio de comunicación que informe para enviarle la siguiente información: (i) Acerca del proceso y estado del servicio; (ii) Para enviar información comercial, publicitaria o promocional sobre productos y/o servicios de Emermedica S.A, con el fin de impulsar, invitar, dirigir, ejecutar, informar y de manera general, llevar a cabo campañas, promociones o concursos de carácter comercial o publicitario; (iii) Realizar encuestas o confirmar los Datos Personales; 4) ofrecer productos y servicios propios y de terceros; 5) Obtener y determinar perfiles de los beneficiario, 6) Para exigir el cumplimiento de estos Términos y Condiciones; 7) Otros fines, de acuerdo con lo contemplado en la política de tratamiento de datos personales de Emermedica S.A.

    De conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012, la PARTE INTERESADA está facultado para no responder aquellas preguntas en las que se le solicite información que verse sobre datos sensibles o datos de niños, niñas y adolescentes. En los términos de dicha ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. Emermedica S.A. no solicitará información de esta índole, pero de ser necesario, adoptará las medidas para garantizar que este tipo de información no será usada, comercializada, cedida, transferida y/o no será sometida a cualquier otro tratamiento contrario a estas finalidades.

    Con la aceptación de estos Términos y Condiciones, la PARTE INTERESADA consiente que sus datos personales sean tratados por Emermedica S.A y cualquier tercero relacionado con el cumplimiento de estas finalidades, y en la medida en que tales datos se requieran para la ejecución de las mismas. Toda la información personal podrá almacenarse y procesarse en las bases de datos de Emermedica S.A

    En cumplimiento de los deberes legales Emermedica S.A informa que podrá optar por no suministrar sus datos, asumiendo con ello la interrupción del proceso de atención que requiera. La PARTE INTERESADA entiende y acepta que con el fin de prestarle los servicios será necesario el tratamiento de sus datos personales, por tal razón autoriza de forma a previa, expresa, informada y voluntaria a Emermedica S.A para que realice el tratamiento en general de sus datos personales, esto es, recolecte, almacene, circule, procese, comparta, transmita, transfiera, suprima, actualice, use sus datos personales. La PARTE INTERESADA autoriza a recibir las comunicaciones derivadas de las finalidades informadas, a través de cualquier medio. Igualmente, autoriza a Emermedica S.A para conservar cualquier evidencia o comunicación con Emermedica S.A y sus terceros relacionados.

    Emermedica S.A informa que el titular de datos personales tiene derecho a conocer, acceder, actualizar, rectificar, suprimir sus datos e inclusive revocar la autorización concedida.